La jueza de instrucción dictó la falta de mérito para Fabián Gianola en la causa en su contra por “abuso sexual” y “abuso sexual agravado” tras las denuncias realizadas en el 2019 por a actriz Fernanda Meneses y la locutora Viviana Aguirre.
En la resolución a la que Teleshow tuvo acceso, la jueza Ángeles Mariana Gómez Maiorano explica: “Llegado el momento de resolver la situación procesal de Fabián Javier Gianola, considero que –en consonancia con la escasez probatoria reunida en autos hasta el momento- deviene atinente disponer la falta de mérito para sobreseer o procesar al nombrado, conforme lo prescribe el artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación”.
La fiscal de la UFEM Mariela Labozzetta había pedido el procesamiento del actor, solicitud que la jueza rechazó tras el descargo de los abogados de la defensa, Federico Schumacher y Diego Onorati. En este tipo de casos, tras el llamado a indagatoria, la jueza podría decidir el procesamiento del acusado con prisión preventiva si lo creyera necesario, el sobreseimiento, o la falta de méritos, como en este caso.
Luego de enumerar los elementos de prueba presentados por todas las partes, la jueza agrega: “De un minucioso y detenido análisis de las constancias que se han producido e incorporado en autos a lo largo de la presente instrucción, se advierte que el entramado fáctico recabado a la fecha, no resulta susceptible de determinar –con el grado de probabilidad exigido por esta instancia procesal- la materialidad de los eventos en estudio”.
Además, insiste con que sería “prematuro adoptar un temperamento que desvincule de manera definitiva de estas actuaciones al imputado” por lo que asegura que “previo a disponer cualquier tipo de resolución de carácter concluyente que pudiera poner fin a la sujeción de éste al proceso, estimo imprescindible ampliar las diligencias realizadas”. En este punto, le propone a la Unidad Fiscal de Delitos de Violencia Contra las Mujeres “la realización de una serie de pericias idóneas para perfeccionar el cuadro probatorio”.
Para la jueza Gómez Maiorano un punto llamativo es que “si bien sucesos de ésta índole suelen ocurrir en la esfera de intimidad de las partes, al menos cuatro de los hechos a cuyo análisis corresponde avocarse habrían tenido lugar ante testigos presenciales” y que aunque se reunió gran cantidad de declaraciones “no fue factible respaldar las acusaciones”.