Un juez del fuero Civil y Comercial de la ciudad de Corrientes rechazó un recurso de amparo presentado por los padres de dos niñas contra la exigencia del pase sanitario en comercios y clubes, informaron fuentes judiciales.
El juez en lo Civil y Comercial N° 12 de Corrientes, Pablo Teler Reyes, rechazó un pedido de amparo promovido por los padres de dos niñas, de 11 y 15 años, por considerarlas inconstitucionales bajo el fundamento de privación del derecho a circular.
La petición fue considerada inadmisible y el magistrado la rechazó sin darle curso, explicaron hoy voceros del Poder Judicial de Corrientes.
El titular del juzgado consideró «manifiestamente improcedente» la acción de amparo, que atacaba dos normas locales que sostienen la vigencia del pase sanitario con el requisito de las vacunas contra el coronavirus.
Se trata del Decreto Provincial Nº 157/21 y una ordenanza municipal de adhesión, que exigen el pase sanitario para ingresar a actividades, eventos y sitios de concurrencia pública.
Los padres de las niñas indicaron que esas medidas resultaban inconstitucionales por violar los artículos 14 y 19 de la carta magna, puesto que no hay norma legal alguna que imponga la vacunación obligatoria contra el coronavirus.