Según la Resolución 289/2021, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte aumentó este lunes la cantidad de personas que pueden viajar en los servicios de transporte de larga distancia, elevando la capacidad de ocupación a un 80 por ciento.
«Los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros que respondan a las características técnicas de las categorías Común, Común con Aire y Semi Cama deberán limitar su capacidad de ocupación al ochenta por ciento (80%) de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie», señaló la resolución firmada por Alexis Guerrera.
Agregó que «las unidades afectadas a los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros correspondientes a las categorías Cama Ejecutivo y Cama Suite, podrán tener plena ocupación de sus butacas, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie».
Finalmente expresó que «en el transporte ferroviario interurbano de pasajeros, deberá limitarse la capacidad de ocupación al ochenta por ciento (80%) por cada coche en servicio» y advierte que «en todos los casos deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehículos».