Desde este miércoles, y según dispone el Cronograma dispuesto por la Cámara Nacional electoral, rige la veda para los actos de Gobierno. De esta manera, tanto el Poder Ejecutivo Nacional como las administraciones provinciales y municipales tienen prohibido realizar anuncios de gestión que puedan promover la captación del voto
Así lo establece el artículo 64 del Código Electoral Nacional -Ley 19.945- que precisa que la prohibición debe comenzar a regir 25 días antes de las Generales que se llevarán a cabo el próximo domingo 22 de octubre.
De esta manera, tanto el Poder Ejecutivo Nacional como las administraciones provinciales y municipales tienen prohibido realizar anuncios de gestión que puedan promover la captación del voto.
Entre las prohibiciones está, por ejemplo, la realización de actos inaugurales de obras públicas y el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo.