La medida había sido dispuesta en julio para evitar la propagación del coronavirus. La disposición INT/657/2020 del ministerio del Interior español ponía límites al ingreso de viajeros no residentes en la Unión Europea. Ahora los turistas no deberán hacer aislamiento, pero deberán contar con las vacunas aprobadas por la agencia reguladora europea (EMA) o la OMS.
El ministerio del Interior ibérico dispuso que los viajeros beneficiados sean aquellos que cuenten con pasaportes de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Namibia y Sudáfrica. Estos dejan de ser considerados por España como países de alta circulación de virus.
Los ciudadanos que podrán ingresar son aquellos que cuenten con las vacunas aprobadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA por sus siglas en inglés) o la Organización Mundial de la Salud (OMS).
En el caso de los argentinos quienes podrán ingresar a España son aquellos que hayan recibido las vacunas de AstraZeneca, Moderna y Sinopharm. En cambio, todavía la Sputnik V no ha sido autorizada en España por lo que no podrán tener ese beneficio los inoculados con la vacuna rusa.
Cada estado europeo tiene la autonomía de aceptar vacunas además de las recomendaciones de la EMA. En el caso de Hungría y Polonia ya utilizan la vacuna rusa. A través de una circular del ministerio del Interior ibérico, se informó que los viajeros beneficiados son aquellos que cuenten con pasaportes de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Namibia y Sudáfrica
Aún con la liberación que implica para el ingreso de ciudadanos de varias nacionalidades, existen cupos de ingreso en los aviones por lo que la entrada no será ilimitada. Las restricciones sanitarias entonces, se retrotraen al 7 de junio.