La Corte Suprema de Justicia dio este jueves por terminada la discusión sobre quién debía analizar los teléfonos y equipos electrónicos secuestrados a Diego Lagomarsino, procesado como partícipe necesario en la causa por la muerte de fiscal Alberto Nisman. Por unanimidad, el máximo tribunal rechazó un recurso de queja de la defensa del perito informático que impugnaba que fuera el fiscal Eduardo Taiano, en vez del juez Julián Ercolini, el que analizara y seleccionara la prueba de lo que se encontrara en esos elementos secuestrados.
De esta manera, los jueces de la Corte Suprema dejaron firme la resolución del juez federal Julián Ercolini, que en diciembre de 2019 dispuso que el fiscal Eduardo Taiano tenga a su cargo la tarea de seleccionar, analizar e incorporar los elementos de prueba que pudieran hallarse en los aparatos y/o dispositivos electrónicos secuestrados en la investigación. La decisión ya había sido avalada por la Cámara Federal y la Sala IV de la Cámara de Casación Federal.
Según indicaron fuentes judiciales, se trataba de una notebook y un teléfono de Lagomarsino, junto a un dispositivo del hijo del perito informático. También se secuestraron computadoras de los padres de Lagomarsino, en el marco de otro allanamiento. La defensa resaltaba que esos procedimientos se habían hecho dos años después de la muerte de Nisman y que además la fiscalía iba a tener acceso a los mensajes del perito informático y su defensa. Por eso pedían que fuera el juez el que seleccionara la información.
Aunque en rigor la medida podría haberse llevado adelante porque las apelaciones no tenían efecto suspensivo, la fiscalía de Taiano, que tiene en sus manos delegada la investigación, decidió esperar la confirmación de la resolución.
Ahora, la Corte Suprema entendió que había que desestimar la presentación de Lagomarsino por considerar que no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. El fallo fue firmado por los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Horario Rosatti, Elena Highton y Ricardo Lorenzetti. En la misma resolución también se intimó a hacer efectivo el depósito para llegar a la instancia del máximo tribunal, “bajo apercibimiento de ejecución”.