La diputada María Rosa Muiños (Frente de Todos) dijo hoy que «queremos que la Ciudad garantice el derecho a la salud en lugar de criminalizar la utilización de cannabis con fines medicinales» luego de la aprobación, en la Legislatura porteña, de la ley que regula el uso del cannabis medicinal en la Ciudad.
La mencionada norma porteña adhiere a los términos de la ley nacional 27.350, al reunir dos proyectos; uno de Muiños (Frente de Todos) y otro de Leandro Halperín (UCR-Evolución).
La nueva reglamentación de la ley de Uso Medicinal del Cannabis (27.350), publicada hoy en el Boletín Oficial, amplía su utilización más allá de la epilepsia refractaria, permite el autocultivo, garantiza la provisión para pacientes, fomenta la investigación y autoriza la producción pública y privada de aceite y otros derivados, lo que fue celebrado por pacientes, familiares y organizaciones.
En referencia este decreto presidencial conocido hoy, Muiños consideró que «se ha mejorado y dado una normativa de avanzada que, en consonancia con la adhesión de la Ciudad, va a garantizar el acceso efectivo a tratamientos de salud para las personas que lo necesiten».
Respecto a la ley local, dijo que «establece los marcos legales para garantizar la investigación, con el objeto de afianzar y mejorar los tratamientos hasta hoy conocidos. Es una ley de consenso que da respuestas concretas a una necesidad que está latente en la sociedad, en muchas familias, en la lucha de organizaciones y de un montón de mamás que tratan de darle una mejor vida a sus hijos que padecen enfermedades tratables con cannabis».
Por último, expresó: «Queremos que la Ciudad garantice el derecho a la salud en lugar de criminalizar la utilización de cannabis con fines medicinales, ya que en los últimos años, tanto la ciencia como la medicina, han comenzado a divulgar sus efectos positivos para determinadas dolencias. Este es un paso esencial, pero es el primero. Necesitamos llegar a más consensos para lograr una Ley todavía mejor».
La ley aprobada en la Legislatura porteña establece que «todo paciente o representante legal, tutor o curador de paciente que se encuentre comprendido en las previsiones de la Ley N° 27.350 está habilitado a sembrar, cultivar o guardar cannabis en las cantidades y formas que determine la legislación vigente».